BOLETIN INFORMATIVO
N° 17

LA PLATA, martes 14 de mayo de 2013

   

 

EL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
COMUNICA

 

 

 

SUMARIO

  •  

  • RESOLUCIÓN Nº 639, DISPONIENDO BAJA POR FALLECIMIENTO Y ASCENDIENDO “POST MORTEM”, AL TENIENTE PRIMERO DEL SUBESCALAFÓN GENERAL, LUIS NORBERTO RAMOS.

  •  

  • RESOLUCIONES Nº 544 Y 635, HABILITANDO PROVISORIAMENTE A EMPRESAS,  COMO PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA.

  •  

  • RESOLUCIÓN Nº 627, CREANDO LAS OFICINAS DE ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO; INGENIERO BUDGE, PARQUE BARÓN, VILLA FIORITO Y VILLA CENTENARIO.

  •  

  • RESOLUCIÓN Nº 643, CREANDO LAS OFICINAS DE ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO; VILLA MADERO, RAFAEL CASTILLO, GREGORIO DE LAFERRERE Y GONZÁLEZ CATÁN.

  •  

  • RESOLUCIÓN Nº 644, OTORGANDO “DISTINCIÓN MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD”, A MUJERES DESTACADAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

  •  

  • SUPLEMENTO DE CAPTURAS.

  •  

  • SUPLEMENTO ESPECIAL DE MENORES.

  •  

  • SUPLEMENTO DE SECUESTROS.

  •  

  • SUPLEMENTO DE AVERIGUACIÓN DE PARADERO.

 

 

 

 

 

PARA CONOCIMIENTO DEL PERSONAL

 

 

 

 

LA PLATA , 4 de mayo de 2013.

 

VISTO el fallecimiento del Teniente Primero del Subescalafón General, Luis Norberto RAMOS, Legajo N° 114.664, numerario de la Subcomisaría La Unión - La Plata , y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Teniente Primero RAMOS resultó gravemente herido por disparos de arma de fuego en un trágico suceso acaecido el día 4 de mayo de 2013, en horas de la mañana;

 

Que en la fecha y hora mencionadas, por un llamado del 911, personal policial es comisionado a la calle 133 entre 49 y 50 de la ciudad de La Plata alertados por un ilícito cometido en un supermercado chino denominado “Super Xin”, donde se habrían efectuado disparos de arma de fuego;

 

Que al llegar al lugar, los efectivos policiales constatan que el Teniente Primero RAMOS, quien se desempeñaba habitualmente como caminante en la zona comercial comprendida en calle 49 entre 133 y 135 y aledaños, había sido trasladado en un automóvil particular al Hospital Italiano de La Plata , presentando una herida de arma de fuego en la zona del cuello, producto del ilícito arriba referido;

 

Que en horas del mediodía se toma conocimiento del fallecimiento del Teniente Primero RAMOS como consecuencia de las heridas recibidas;

 

Que en orden a ello corresponde, por aplicación de lo normado por los artículos 30 y 51 de la Ley N ° 13.982 y 123 y 338 de su reglamentación aprobada por Decreto N° 1050/09, disponer el ascenso “post mortem” al grado de Mayor del Subescalafón General del Teniente Primero RAMOS;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N° 13.757 y sus modificatorias y N° 13.982 y su reglamentación aprobada por el Decreto N° 1050/09;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Disponer la baja por fallecimiento, a partir del 4 de mayo de 2013, del Teniente Primero del Subescalafón General Luis Norberto RAMOS (D.N.I. 11.096.353 - Clase 1954), en los términos del artículo 64 inciso a) de la Ley N ° 13.982.

 

ARTÍCULO 2º.- Ascender “post mortem”, a partir del 4 de mayo de 2013, al grado de Mayor del Subescalafón General al Teniente Primero del Subescalafón General Luis Norberto RAMOS (D.N.I. 11.096.353 - Clase 1954), en los términos de los artículos 30 y 51 de la Ley N ° 13.982 y 123 y 338 de su reglamentación aprobada por Decreto N° 1050/09.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar, notificar a los causahabientes, publicar en el “Boletín Informativo”. Cumplido, archivar.

 

RESOLUCIÓN Nº 639.

Dr. RICARDO CASAL

Ministro de Justicia y Seguridad

de la Provincia de Buenos Aires

__________________

 

LA PLATA , 29 de abril de 2013.

 

VISTO el presente expediente Nº 21.100-739.123/13 y su agregado N° 21.100-739.122/13, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la empresa “UNION DE SEGURIDAD NORTE S.A.”, solicita su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada;

 

Que la Asesoría Letrada de Policía ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;

 

Que de la documentación agregada surge que se encuentran cumplidos los recaudos legales, salvo el requisito previsto en el artículo 8° inciso 2° de la Ley N ° 12.297, respecto de la señora María Eugenia Villella;

 

Que en dicho contexto, corresponde otorgar en forma provisoria, la habilitación solicitada por la empresa “UNION DE SEGURIDAD NORTE S.A.”;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 9° y 18 de la Ley N ° 13.757 y sus modificatorias, artículo 43 inciso “a” de la Ley N ° 12.297 y las propias del cargo;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Proceder a la habilitación provisoria en el ámbito de la provincia de Buenos Aires de la empresa denominada “UNIÓN DE SEGURIDAD NORTE S.A.” como prestadora de servicios de seguridad privada, cuya responsabilidad comercial recae en la mencionada sociedad con sede en la calle España N° 1129 de la localidad y Partido de San Miguel.

 

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a ejercer el cargo de Jefe de Seguridad a la señora María Eugenia Villella, titular del D.N.I Nº 30.463.391.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar, notificar y pasar a la Oficina Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada , publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

RESOLUCIÓN Nº 544.

Dr. RICARDO CASAL

Ministro de Justicia y Seguridad

de la Provincia de Buenos Aires

____________________

 

LA PLATA , 29 de abril de 2013.

 

VISTO el expediente N° 21.100-513.623/12 c/ 21.100.522.763/12, por intermedio del cual se propicia la conformación de Oficinas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género en el partido de Lomas de Zamora, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la propuesta ha sido impulsada por la Dirección General de Foros del Municipio de Lomas de Zamora;

 

Que con la conformación de estas Oficinas se busca garantizar el acceso a los servicios especializados para la asistencia integral de las víctimas de violencia de género, complementando la labor que desarrollan las Comisarías de la Mujer y la Familia ;

 

Que habiendo intervenido la Dirección General de Coordinación de Políticas de Género, no se han observado inconvenientes, desde el ámbito orgánico-funcional para su concreción;

 

Que la presente iniciativa cuenta con el aval de las Subsecretarías Operativa y de Planificación y de la superioridad policial;

 

Que por Resolución N° 780/12 se crearon diversas Oficinas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género;

 

Que en esta instancia corresponde incorporar las dependencias que se propician en la presente a las señaladas en el Anexo I de dicho acto administrativo;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley N ° 13.757 y sus modificatorias y el artículo 4° y  concordantes de Ley N° 13.482;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Crear las Oficinas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género que a continuación se detallan:

                a) Oficina de Atención a Víctimas de Violencia de Género “INGENIERO BUDGE” - Jefatura Departamental de Seguridad Lanús.

                b) Oficina de Atención a Víctimas de Violencia de Género “PARQUE BARÓN” - Jefatura Departamental de Seguridad Lanús.

                c) Oficina de Atención a Víctimas de Violencia de Género “VILLA FIORITO” - Jefatura Departamental de Seguridad Lanús.

                d) Oficina de Atención a Víctimas de Violencia de Género “VILLA CENTENARIO” - Jefatura Departamental de Seguridad Lanús.

 

 

ARTÍCULO 2º.- Incorporar al Anexo I de la Resolución N ° 780/12 del Ministro de Justicia y Seguridad las Oficinas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género creadas en el artículo 1° de la presente.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Informativo. Cumplido, archivar.

 

RESOLUCIÓN Nº 627.

Dr. RICARDO CASAL

Ministro de Justicia y Seguridad

de la Provincia de Buenos Aires

 

____________________

 

 

 

LA PLATA , 2 de mayo de 2013.

 

VISTO el presente expediente Nº 21.100-219.971/11 y su agregado Nº 21.100-245.555/11, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la empresa “MÁXIMO CONTROL S.R.L.”, solicita su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada;

 

Que la Asesoría Letrada de Policía ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;

 

Que de la documentación agregada surge que se encuentran cumplidos los recaudos legales, excepto los que exige el artículo 8° de la Ley N º 12.297 respecto del señor Walter Darío Bardone;

 

Que en dicho contexto, corresponde otorgar en forma provisoria, la habilitación solicitada por la empresa “MÁXIMO CONTROL S.R.L.”;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 9° y 18 de la Ley N º 13.757 y modificatorias, artículo 43 inciso “a” de la Ley N º 12.297, y las propias del cargo;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Proceder a la habilitación provisoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires de la empresa denominada “MÁXIMO CONTROL S.R.L.” como prestadora de servicios de seguridad privada, cuya responsabilidad comercial recae en la mencionada sociedad, con sede en la calle 120 Nº 2090 de la localidad y Partido de La Plata ;

 

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a ejercer el cargo de Jefe de Seguridad al Comisario (R) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires Don Hugo Santiago Bardone, titular del D.N.I. Nº 11.494.058.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar, notificar y pasar a la Oficina Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada , publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

RESOLUCIÓN Nº 635.

 

Dr. RICARDO CASAL

Ministro de Justicia y Seguridad

de la Provincia de Buenos Aires

 

_____________________

 

 

LA PLATA , 7 de mayo de 2013.

 

VISTO el expediente N° 21.100-514.218/12, por intermedio del cual se propicia la conformación de Oficinas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género en partido de La Matanza , y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la propuesta ha sido impulsada por la Jefatura Departamental de Seguridad de La Matanza ;

 

Que con la conformación de estas Oficinas se busca garantizar el acceso a los servicios especializados para la asistencia integral de las víctimas de violencia de género, complementando la labor que desarrollan las Comisarías de la Mujer y la Familia ;

 

Que habiendo intervenido la Dirección General de Coordinación de Políticas de Género, no se han observado inconvenientes, desde el ámbito orgánico- funcional para su concreción;

 

Que la presente iniciativa cuenta con el aval de las Subsecretarías Operativa y de Planificación y de la superioridad policial;

 

Que por Resolución N° 780/12 se crearon diversas Oficinas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género;

 

Que en esta instancia corresponde incorporar las dependencias que se propician en la presente a las señaladas en el Anexo I de dicho acto administrativo;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley N ° 13.757 y sus modificatorias y el artículo 4º y concordantes de la Ley N ° 13.482;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Crear las Oficinas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género que a continuación se detallan:

 

a) Oficina de Atención a Víctimas de Violencia de Género “VILLA MADERO” - Jefatura Departamental de Seguridad La Matanza.

b) Oficina de Atención a Víctimas de Violencia de Género “RAFAEL CASTILLO” - Jefatura Departamental de Seguridad La Matanza.

c) Oficina de Atención a Víctimas de Violencia de Género “GREGORIO DE LAFERRERE” - Jefatura Departamental de Seguridad La Matanza.

d) Oficina de Atención a Víctimas de Violencia de Género “GONZÁLEZ CATÁN” - Jefatura Departamental de Seguridad La Matanza.

 

ARTÍCULO 2º.- Incorporar al Anexo I de la Resolución N ° 780/12 del Ministro de Justicia y Seguridad las Oficinas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género creadas en el artículo 1° de la presente.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Informativo. Cumplido, archivar.

 

RESOLUCIÓN Nº 643.

Dr. RICARDO CASAL

Ministro de Justicia y Seguridad

de la Provincia de Buenos Aires

 

_____________________

 

 

LA PLATA , 7 de mayo de 2013.

 

VISTO la Resolución N ° 219/12 que instituye la “Distinción Ministerio de

Justicia y Seguridad”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que esta cartera instituyó la “Distinción Ministerio de Justicia y Seguridad” para mujeres destacadas de la provincia de Buenos Aires por su trayectoria y con la promoción de los Derechos de las Mujeres;

 

Que con esta distinción se busca reconocer a aquellas mujeres que trabajan por la igualdad de género y por una plena participación en la vida política, social, cultural y económica;

 

Que han tomado intervención las áreas de este Ministerio con competencia en la materia;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N ° 13157 y sus modificatorias;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Otorgar la “Distinción Ministerio de Justicia y Seguridad” a las siguientes mujeres:

 

      a) Elsa Esther GEREZ,

      b) Ana María HERRERA,

      c) Rosa Dominga GARCÍA.

 

ARTÍCULO 2º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Informativo. Cumplido, archivar.

 

RESOLUCIÓN Nº 644.

Dr. RICARDO CASAL

Ministro de Justicia y Seguridad

de la Provincia de Buenos Aires

____________________

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dr. RICARDO CASAL

Ministro de Justicia y Seguridad

de la Provincia de Buenos Aires  

 

 

 

 

 

 

NOTA: Término 24 horas deberá tomar conocimiento del Boletín Informativo la totalidad del personal policial. 

 

E-mail: boletininformativo@mjys.gba.gov.ar

Calle 2 entre 51 y 53 (C.P.1900) La Plata - Provincia de Buenos Aires tel: (0221) 429-3000 int. 73131/2/3

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