Guía de requisitos a cumplimentar por los BOMBEROS VOLUNTARIOS para el logro de los beneficios que confiere la Ley 13802/08 SUBSIDIO ESPECIAL POR AÑOS DE SERVICIOS

EL SOLICITANTE DEBERÁ REUNIR:
Veinticinco (25) años de servicios efectivos, continuos o alternados, en tales funciones, sin limite de edad. O veinte (20) años de servicios efectivos, continuos o alternados, en tales funciones y sesenta (60) años de edad.
Son computables años de servicios efectivos prestados en cuerpos de Bomberos Voluntarios que funcionen en otras provincias. Según art.2 inc.4 de la Ley 13.802/08.

SE  DEBERA PRESENTAR ANTE ESTA DIRECCION GENERAL  DE DEFENSA CIVIL LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:

1)-Nota de la Sociedad de Bomberos Voluntarios dirigida al Director General de Defensa Civil de la Provincia , solicitando el beneficio con los datos completos del bombero, detallando: Registro de Libros de Actas de fecha de ingreso, baja, renuncia, reincorporación y/o pase a reserva, o si continúa en actividad a la fecha de la solicitud, acompañando fotocopia certificada de Libros de Actas de la Entidad en la que conste fecha, acta y folio de las circunstancias referidas. Adjuntar NOTA DEL INTERESADO dónde solicita el subsidio que otorga la mencionada Ley.

EN CASO DE NO CONTAR CON LOS LIBROS DE ACTAS, LA ENTIDAD DEBERA PRESENTAR :
A)-Nota de la Asociación y/o Sociedad de Bomberos Voluntarios, dando razón  de la falta o ausencia de Libros de Actas.

b)-En caso de perdida y/o extravío del libro respectivo, acompañando exposición civil, denunciando dicha circunstancia.

C)-En caso de robo, acompañar certificación judicial y/o policial de denuncia penal o número de Investigación Penal Preparatoria (I.P.P.), con mención de Unidad Funcional de Instrucción (U.F.I.) interviniente.

D)- Acompañar fotocopia certificada de Libro de Actas y/o Asistencia y/o documentación que acredite los años de prestación de servicios.

E)-Subsidiariamente, podrá certificar la fecha de ingreso, baja, renuncia, reincorporación y/o pase  a reserva, mediante INFORMACIÓN SUMARIA JUDICIAL, la que podrá labrarse ante el Juzgado de Paz Letrado que corresponda,  NOTIFICANDO  de la audiencia que se fije al efecto a la Dirección General de Defensa Civil.

2 ) Fotocopia del D.N.I./L.E./L.C. del interesado, 1º, 2º hoja y domicilio actualizado,  autenticada o con  original a la vista.

3) Número de C.U.I.L del interesado expedido por A.F.I.P..

4) Fotocopia del  Legajo Personal Completo del interesado

5) Certificación de Personería Jurídica de la Entidad, actualizada, expedida por la Dción. Pcial. de Personas Jurídicas o fotocopia autenticada.

6) Formulario 830 del solicitante. Descargue aquí el formulario

TODAS LAS FOJAS QUE SE PRESENTEN DEBERAN ESTAR CERTIFICADAS (salvo documentación original) POR EL PRESIDENTE y/o RESPONSABLE DE LA ENTIDAD PROPICIANTE Y EL JEFE DE BOMBEROS.

LOS BENEFICIARIOS QUE OPTEN POR GOZAR DE LAS PRESTACIONES QUE ACUERDA EL I.O.M.A. DEBERAN MANIFESTARLO EN FORMA ESCRITA ANTE ESTA DIRECCION GENERAL DE DEFENSA CIVIL AL MOMENTO DEL INICIO DE LA SOLICITUD DEL SUBSIDIO.