Sres. del Consejo de Administración e Intendente o Administrador de Country:
Sugerencias de seguridad para countries y barrios cerrados. Prevención
La Dirección General Fiscalizadora de Agencias y Seguridad Privada requiere de la cooperación de todos los sectores involucrados, para mitigar las vulnerabilidades a la seguridad de estas comunidades, a los efectos de minimizar los riesgos a estas urbanizaciones.
Estas sugerencias se extienden a Vds. en su calidad de contratantes de los servicios de seguridad privada, por lo que vuestra participación en esta problemática, es la de un actor esencial para abordar soluciones integrales al riesgo potencial a que están expuestos todos los countries y barrios cerrados.
En este sentido requerimos a Vds. optimizar el control de los posibles factores de riesgo en la operación diaria de estas comunidades. Para ello es fundamental tomar conciencia de la eficiencia y eficacia del esquema de seguridad montado. .
Es por ello que a título enunciativo sugerimos algunas cuestiones sobre las que convendría poner énfasis:
- 1. Instalar el botón de emergencia en la guardia tal cual lo ordenado en la Disposición 002/2010 de esta Dirección.
- 2. Asegurarse sobre los antecedentes de los nuevos propietarios e inquilinos.
- 3. Profundizar los controles de los empleados, proveedores, concesionarios y contratistas del country y de los condóminos.
- 4. Concientizar a los countristas sobre la imperiosa necesidad de un estricto cumplimiento de las medidas y procedimientos de seguridad que se dispongan para fortalecer la seguridad del lugar.
- 5. Pedir a los countristas manejar cautelosamente las visitas.
- 6. Actuar severamente en situaciones de agresiones, violencia, vandalismo y alcoholización de cualquier persona dentro del country y barrio cerrado.
- 7. Aplicar las sanciones que prevé el código de convivencia para las infracciones que se cometan en el interior del predio, con la idea de prevenir la escalada de incivilidades a nivel de comportamientos delictuales.
- 8. Disponer de un esquema de seguridad conforme a las necesidades básicas de protección del country o barrio cerrado.
- 9. Verificar que la empresa de seguridad privada se encuentra habilitada ante esta Dirección, que el objetivo haya sido dado de alta y que los vigiladores de la empresa contratada dispongan de credencial vigente emitida por el organismo.
- 10. Auditar a los servicios de seguridad para verificar el estricto cumplimiento de todas las pautas de seguridad oportunamente contratadas.
- 11. Documentar e investigar todo incidente de seguridad y cooperar en la dilucidación del hecho y de los culpables
- 12. Fomentar la relación con las fuerzas de seguridad de la jurisdicción para coordinar tareas de cooperación en caso de emergencias.
Desde ya ofrecemos la presencia de los Directores del organismo en vuestras comunidades, para ampliar y profundizar estos aspectos de la seguridad y concientizar en materia de seguridad a la Comisión Directiva y a los propietarios e inquilinos de la urbanización (consultas por mail a dirgral@fasip.mseg.gba.gov.ar)
La Plata, Abril de 2010