Integrantes
| Baja |
| Se deberá presentar la documentación que se describe en el siguiente archivo: |
| FORMULARIO E INSTRUCTIVO BAJA DE VIGILADORES |
Objetivos
Con el alta de cada objetivo deberá obrar copia certificada por el
Jefe de Seguridad de la nota de comunicación presentada por la prestadora
en la seccional policial de la jurisdicción del objetivo, con la
debida constancia de recepción, dando cumplimiento a lo normado en
el artículo 12 de la Ley 12.297/99.
En caso de producirse cambios respecto a vigiladores, armamento y vehículos
declarados al momento de denunciarse el objetivo, deberá de igual
modo adjuntarse copia certificada de la comunicación cursada a la
autoridad policial correspondiente.
| Alta |
| Se deberá presentar la documentación que se describe en el siguiente archivo |
| FORMULARIO E INSTRUCTIVO ALTA DE OBJETIVOS |
| FICHA DE ALTA DE OBJETIVOS |
| Baja |
| Se deberá presentar la documentación que se describe en el siguiente archivo: |
| FORMULARIO E INSTRUCTIVO BAJA DE OBJETIVOS |
Armas
| Alta |
| Se deberá presentar la documentación que se describe en el siguiente archivo |
| FORMULARIO E INSTRUCTIVO ALTA DE ARMAS |
| Baja |
| Se deberá presentar la documentación que se describe en el siguiente archivo: |
| FORMULARIO E INSTRUCTIVO BAJA DE ARMAS |
Vehículos
| Alta |
| Se deberá presentar la documentación que se describe en el siguiente archivo |
| FORMULARIO E INSTRUCTIVO ALTA DE VEHICULOS |
| Baja |
| Se deberá presentar la documentación que se describe en el siguiente archivo: |
| FORMULARIO E INSTRUCTIVO BAJA DE VEHICULOS |
Equipos de Comunicación y Homologación de Medios Materiales o Técnicos
| Alta |
| Se deberá presentar la documentación que se describe en el siguiente archivo |
| FORMULARIO E INSTRUCTIVO ALTA DE EQUIPOS DE COMUNICACION |
| FORMULARIO HOMOLOGACION DE MEDIOS MATERIALES O TECNICOS |
| Baja |
| Se deberá presentar la documentación que se describe en el siguiente archivo: |
| FORMULARIO E INSTRUCTIVO BAJA DE EQUIPOS DE COMUNICACION |
Requisitos para ser Vigilador
Ver Articulos 6, 7 y 8 de la Ley 12.297
Requisitos para ser Sereno
Ver Articulo 7 de la Reglamentación de Cuerpo de Serenos.