La Plata, 07 de mayo de 2008
VISTO: Los requisitos establecidos por la Ley N° 12.297 y su Decreto reglamentario N° 1.897/02, y
CONSIDERANDO:
Que por razones de buena técnica administrativa y orden práctico, resulta necesario individualizar los pagos de las tasas administrativas correspondientes a cada trámite en particular, a los fines de un mejor control de su imputación contable;
Que cada constancia de depósito debe ser acompañada juntamente con el resto de la documentación necesaria, al inicio de cada trámite;
Que esta modalidad no ocasiona perjuicio a las prestadoras de seguridad privada y redunda en beneficio de la Autoridad de Aplicación; porque permite un mejor seguimiento de los depósitos respectivos;
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades que le confiere el artículo 43 del Ley N° 12.297;
Por ello,
EL SEÑOR DIRECTOR
DE LA DIRECCION GENERAL FISCALIZADORA
DE AGENCIAS Y SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
ARTICULO 1°: Instrumentar a partir del dictado de la presente un pago único por cada trámite iniciado ante esta Dirección, de las tasas previstas en la Ley 12.297 y su Decreto Reglamentario N° 1.897/02.
ARTICULO 2°: Registrar por Secretaría. Notificar a las distintas Áreas, Publicar y archivar.
DISPOSICION N° 03/2008.-