Disposición Procedimiento para Trámites 0005 - 2002
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DISPOSICION PROCEDIMIENTO PARA TRAMITES 0005
La Plata, 03 de septiembre de 2002
VISTO: La necesidad de atender los requerimientos de los Prestadores de Servicios de Seguridad Privada, en lo atinente a la tramitación de solicitudes de habilitación, acreditación y presentación de documentación exigida por la ley 12.297 y su decreto reglamentario 1897/02 a saber altas de personal, altas y bajas de objetivos, altas y bajas de armas y todo otro que fuera competencia de esta Dirección General Fiscalizadora de Agencias de Seguridad Privada de manera centralizada, y:
CONSIDERANDO:
Que la mencionada ley 12.297 establece una serie de requisitos que deben reunirse para el otorgamiento de la habilitación, para el alta del personal, de los objetivos, así como respecto de modificaciones que pudieran presentarse en la dinámica empresarial desplegada por los Titulares de las Prestadoras de Seguridad Privada.
Que en razón del establecimiento de tales exigencias legales, el Organo de Aplicación debe poner la mayor diligencia y celeridad en la resolución de los tramites en curso.
Que resulta necesaria la adecuación operativa de forma sistémica, y concatenada entre las áreas con rasgos de uniformidad, en orden a una buena administración de manera de asegurar la eficacia y el cumplimiento del principio de legalidad.
Que de conformidad con las facultades que emergen del Decreto 837/02, el artículo 43 inc. e de la ley 12.297 y su decreto reglamentario 1897/02 y las propias del cargo,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL
FISCALIZADORA DE AGENCIAS Y SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE:
ARTICULO 1: Aprobar los formularios para la tramitación de requerimientos a efectuarse en la Dirección Fiscalizadora de Agencias y Seguridad Privada los que en X Anexos integran la presente.
ARTICULO 2: Recepcionar los trámites que formalicen los Prestadores de la Seguridad Privada única y exclusivamente mediante la utilización de los formularios completos y acompañados de la documentación pertinente, a tal efecto el personal de la Dirección deberá instruir a los mismos para que a partir de la fecha presenten sus requerimientos a través de los formularios mencionados.
ARTICULO 3: Regístrese por Secretaría, notifíquese a las distintas áreas y archívese.
DISPOSICIÓN Nº....00005.................