Estructura Orgánica > Subsecretaría de Política Criminal e Investigaciones Judiciales
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
ACCIONES
  1. Proponer la política criminal de la Provincia y las acciones a seguir en la materia, entendiendo en la elaboración de anteproyectos normativos en las materias de su competencia.
  2. Asistir al Ministro de Justicia y Seguridad en la administración de la política y programas penitenciarios, reforma penitenciaria y de ejecución penal y proponer políticas y programas relativos a la problemática penitenciaria y carcelaria y la ejecución penal en todos sus segmentos.
  3. Implementar un enfoque integrado de prevención del delito, desarrollando estrategias situacionales, ambientales y sociales.
  4. Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas referentes a cuestiones de política criminal, prevención del delito, problemática penitenciaria y carcelaria, y del sistema de ejecución penal.
  5. Ejercer la administración y fiscalización del Servicio Penitenciario Bonaerense, del Patronato de Liberados Bonaerense, de la Dirección General de Salud Penitenciaria y del Centro de Protección de los Derechos de la Víctima.
  6. Proponer políticas y programas relativos a la inclusión social de las personas privadas de libertad y a las sometidas a tutela.
  7. Establecer los lineamientos políticos para el cumplimiento de las medidas judiciales.
  8. Implementar políticas de transparencia respecto de la situación de las personas privadas de su libertad en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
  9. Implementar acciones necesarias para la investigación de actividades conexas relacionadas con denuncias que por actos de corrupción o abuso, se realicen contra los integrantes del Servicio Penitenciario Bonaerense, Patronato de Liberados Bonaerense, Dirección General de Salud Penitenciaria y del Centro de Protección de los derechos de la Víctima.
  10. Proponer al programa de Infraestructura Judicial y Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Seguridad el mejoramiento y construcción de los centros de detención.
  11. Informar a los demás poderes, entes y organismos sobre la situación de las personas privadas de libertad o sometidas a medidas restrictivas bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad.
  12. Recabar y procesar datos que sirvan para la toma de decisiones en materia de Política Criminal.
  13. Intervenir en los trámites de conmutación de penas, proponiendo al Ministro de Justicia y Seguridad el acto administrativo definitivo.
  14. Llevar a cabo seminarios, congresos, jornadas de estudio, realizar publicaciones referentes a cuestiones de política criminal, prevención del delito y política de ejecución penal.
  15. Promover y desarrollar acciones y mecanismos de coordinación y ejecución de programas conjuntos con áreas y organismos del Gobierno Nacional, de los Municipios, Universidades, Colegios Profesionales, organizaciones no gubernamentales, foros y entidades comunitarias.
  16. Promover la instrumentación de convenios de colaboración y de cooperación institucional con organismos nacionales, provinciales y municipales, destinados a la implementación conjunta de acciones, planes y programas.
  17. Tendrá a cargo el Registro de aspirantes y su destino.
  18. Coordinar e implementar políticas necesarias para el debido funcionamiento del Centro de Protección de los Derechos de la Víctima.
  19. Proponer, elaborar y ejecutar los planes, programas y proyectos necesarios para la aplicación de las políticas provinciales que se definan en materia de investigaciones.
  20. Organizar y dirigir estudios estadísticos e investigaciones criminológicas, tendientes a conformar un cuadro de situación que permita un acabado conocimiento de la realidad de la Provincia sobre la problemática de la seguridad pública como asimismo de las cuestiones que hacen a la política criminal.
  21. Organizar, administrar y mantener actualizadas las bases de datos de información para la planificación racional del despliegue de actividades para la prevención e investigación del delito.
  22. Diseñar el Mapa Criminológico de la Provincia.
  23. Desarrollar las acciones pertinentes para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias.
  24. Intervenir en el proceso de incorporación tecnológica.
  25. Elaborar y proponer los instrumentos legales propios del área.
  26. Coordinar con el Centro de Operaciones Policiales y con el Área de Custodia y Traslado de Detenidos acciones relativas al alojamiento de detenidos dependencias policiales.
  27. Coordinar e implementar las políticas necesarias para el correcto funcionamiento de las Alcaidías Departamentales, ejerciendo su administración y fiscalización.
  28. Proponer acciones y programas destinados al desarme voluntario de la población civil y a la recolección y destrucción de armas incautadas judicialmente.
  29. Realizar el seguimiento y sistematización de los asuntos contenciosos en materia de alojamiento de detenidos, y formulando las presentaciones y/o peticiones que sean necesarias, desarrollando las gestiones de coordinación y ejecución que sean necesarias a los efectos de su cumplimiento en el marco de las políticas públicas implementadas.
  30. Proponer protocolos y criterios de actuación tendientes a fortalecer el actuar coordinado entre las policías de investigación en función judicial y el Poder Judicial.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCION DE POLITICA CRIMINAL
ACCIONES
  1. Realizar estudios, investigaciones, detalles estadísticos, en el ámbito del sistema penal.
  2. Elaborar y proponer la política criminal y de prevención del delito a implementar por los organismos vinculados a la materia.
  3. Diseñar programas específicos destinados a actuar sobre la problemática delictiva, tanto en la faz preventiva como punitiva.
  4. Coordinar los planes y programas existentes o a crearse en el ámbito de su competencia y dirigir estudios, investigaciones y estadísticas referentes a cuestiones de política criminal y prevención del delito.
  5. Implementar sistemas y procedimientos para recabar y procesar datos que sirvan para la toma de decisiones en materia de Política Criminal.
  6. Articular los lineamientos de política criminal establecida con la Subsecretaría de Justicia, Secretaría de Derechos Humanos, Poder Judicial y todo organismo nacional y provincial vinculado a la materia.
  7. Intervenir en anteproyectos legislativos vinculados con temas de su competencia en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CENTRO DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA
ACCIONES
  1. Asistir a las víctimas de delitos en el ámbito de esta Provincia, trabajando a partir de su reconocimiento como sujeto de derecho atendiendo en sus necesidades de protección y asesoramiento.
  2. Promover, por diferentes medios, el uso efectivo por parte de la víctima, de los recursos legales que el estado pone a su disposición.
  3. Propiciar la adopción o modificación de normas legales y la implementación de programas que tiendan a garantizar la protección y la asistencia de la víctima del delito y de su familia.
  4. Proponer políticas para la asistencia de la víctima del delito, su protección y la de su familia, coordinando acciones y programas con el Poder Judicial y demás organismos competentes del Poder Ejecutivo, Municipalidades y organizaciones no gubernamentales.
  5. Proponer, definir e implementar políticas, planes y programas para asegurar el conocimiento, el respeto y la protección de los derechos de los habitantes de la provincia de Buenos Aires, coordinando su ejecución con las áreas y organismos gubernamentales cuya participación o intervención sea necesaria, y con las entidades y organizaciones no gubernamentales.
  6. Impulsar la participación de los poderes del Estado y de organismos no gubernamentales en el intercambio de información y de propuestas orientadas a dar asistencia efectiva a la víctima del delito, tanto a nivel nacional como provincial y Municipal.
  7. Impulsar el aporte y la participación activa de los Colegios de Abogados tanto en los programas de asistencia a la víctima como en el servicio de patrocinio jurídico gratuito.
  8. Promover la creación de Centros de Asistencia a la Víctima del delito proporcionando la conformación de Comisiones ad honórem integradas por familiares de la víctima.
  9. Actuar de oficio para lograr el pleno cumplimiento de las medidas establecidas en el régimen jurídico básico e integral para las personas con capacidades diferentes (Ley N° 10592).
  10. Estimular a través de los medios de comunicación el uso efectivo de los recursos y servicios existentes, así como propender al desarrollo del sentido de solidaridad social en esta materia.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CENTRO DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA
DIRECCIÓN DE DEFENSA DE LA VÍCTIMA
ACCIONES
  1. Colaborar con la víctima del delito en la formulación de denuncias y en la tramitación y seguimiento de las causas judiciales.
  2. Asistir y asesorar legalmente a la víctima del delito y, en su caso, a su familia, elaborando los informes administrativos, técnicos y profesionales correspondientes de cada uno de los asistidos.
  3. Implementar en coordinación con los Colegios de Abogados el servicio de patrocinio jurídico gratuito de las víctimas.
  4. Desarrollar planes y dirigir la investigación en el área de la discapacidad.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CENTRO DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA
DIRECCIÓN DE ASISTENCIA A LA VÍCTIMA
ACCIONES
  1. Desarrollar tareas tendientes a determinar el daño presente en la personalidad de la víctima y la trascendencia futura de ese daño.
  2. Implementar acciones tendientes a brindar asistencia y tratamiento a la víctima para su recuperación física, psicológica y social.
  3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo a todas las dependencias a las que se asiste y brindar la información requerida por cada una de ellas.
  4. Coordinar y gestionar la utilización de recursos comunitarios locales y regionales para atender las necesidades de los asistidos y/o sus familiares.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CENTRO DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA
ACCIONES
  1. Colaborar con el Centro en la realización de jornadas, seminarios y cursos abiertos a la comunidad, dirigidos a la concientización y el conocimiento de los derechos y recursos que asisten a la víctima del delito.
  2. Determinar, seleccionar y proponer la implementación y ejecución de programas de acción, con cobertura provincial, para toda aquella necesidad que presenten los asistidos y sus respectivos grupos familiares, proponiendo soluciones alternativas a las distintas situaciones socio-asistenciales.
  3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo a todas las dependencias a las que se asiste y brindar la información requerida por cada una de ellas.
  4. Efectuar y controlar la capacitación técnica del personal destinado a divulgación, al entrenamiento de operadores para los programas de aplicación y en general la asistencia técnica relacionada a los temas afines.
  5. Coordinar con otros poderes del Estado Nacional y/o Provincial toda gestión referente a la protección de la víctima.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA CENTRAL DE ATENCIÓN TELEFÓNICA DE EMERGENCIAS
ACCIONES
  1. Organizar la Central de Atención Telefónica de Emergencias en su faz operativa desde la toma de conocimiento de la denuncia por parte de los ciudadanos llamantes hasta la generación del despacho, su efectivización, y posterior cierre del evento.
  2. Administrar la Central de Atención Telefónica de Emergencias a través de los planes maestros y acciones ejecutivas.
  3. Coordinar acciones con los Centros de Despacho involucrados.
  4. Administrar la estructura técnica y operativa de la atención de los eventos complejos direccionados hacia la Mesa de Crisis, hasta su culminación; como así también, de la interfaz con los otros sistemas de emergencias no policiales.
  5. Elaborar y proponer las normas pertinentes para el mantenimiento de la tecnología informática y de telecomunicaciones del sistema de atención telefónica de emergencias.
  6. Coordinar la interrelación necesaria con los otros sistemas de atención telefónica de emergencias no policiales.
  7. Proponer a las autoridades superiores la organización de la Mesa de Crisis.
  8. Desarrollar el plan de acciones relacionados con la administración de la Mesa de Crisis.
  9. Elaborar y proponer el plan de gestión y los mecanismos de control de los Centros de Despacho.
  10. Confeccionar el reglamento de avenencia dentro de la Central de Atención Telefónica de Emergencias, Mesa de Crisis y Centros de Despacho.
  11. Participar del diseño de los protocolos de comunicación.
  12. Proponer convenios con las entidades públicas o privadas que faciliten el cumplimiento de las funciones del sistema de atención de emergencias.
  13. Proponer el presupuesto de gastos de la Central de Atención Telefónica de Emergencias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA CENTRAL DE ATENCIÓN TELEFÓNICA DE EMERGENCIAS
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
ACCIONES
  1. Ejecutar las acciones relacionadas con la organización y administración de la Central de Atención Telefónica de Emergencias propendiendo a facilitar la toma de conocimiento de la denuncia para la posterior derivación hacia los Centros de Despacho.
  2. Ejecutar los planes que sean establecidos para la Central de Atención Telefónica de Emergencias.
  3. Desarrollar los mecanismos necesarios a fin de asegurar la respuesta que se requiera sobre emergencias no policiales.
  4. Establecer planes para el mantenimiento conveniente de la tecnología informática y de telecomunicaciones del sistema de atención de acuerdo a las políticas exigidas.
  5. Desarrollar las acciones necesarias a fin de adecuar la operabilidad estándar tecnológica de la Central de Atención Telefónica de Emergencias.
  6. Ejecutar el presupuesto del Central de Atención Telefónica de Emergencias
  7. Coordinar acciones con los otros subsistemas de atención de emergencia no policiales.
  8. Ejecutar y controlar el cumplimiento del plan para la determinación de reglas de convivencia dentro del Central de Atención Telefónica de Emergencias, Mesa de Crisis y Centros de Despacho.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CALIDAD EN LAS COMUNICACIONES
ACCIONES
  1. Diseñar los sistemas de calidad de las comunicaciones de la Central de Atención Telefónica de Emergencias incluyendo todos los niveles de atención.
  2. Determinar los indicadores y pautas de calidad técnica de la Central de Atención Telefónica de Emergencias.
  3. Elaborar los planes para su puesta en práctica diseñando los sistemas de control apropiados por medio de la recolección y análisis sistemático de información.
  4. Establecer planes que aseguren el cumplimiento de los protocolos de comunicaciones de los Centros de Despacho.
  5. Asegurar el estricto cumplimiento de los derechos y obligaciones acordados a los recursos humanos afectados a la Central de Atención Telefónica de Emergencias.
  6. Promover la difusión las prestaciones del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias, coordinando acciones con la Dirección General de Comunicación Institucional y Ceremonial.
  7. Establecer y ejecutar los planes de recolección y posterior análisis de la información del sistema, coordinando acciones con la Dirección General de Política de Prevención del Delito.
  8. Elaborar la programación de los turnos de los recursos humanos involucrados, incluyendo todo lo atinente a los registros de presentismo, ausentismo, horarios, y toda otra cuestión de similar característica respecto de la asistencia diaria a la Central de Atención Telefónica de Emergencias y Mesa de Crisis.
  9. Participar en la convocatoria y formación continua de los operadores de la Central de Atención Telefónica de Emergencias, despachadores de los Centros de Despacho, Supervisores, Jefes de Sala de Atención Telefónica de Emergencias.
  10. Evaluar sistemáticamente el desempeño y potencial laboral de los operadores, supervisores, miembros de la mesa de crisis y demás integrantes del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias, coordinando pautas con las áreas competentes.
  11. Proponer convenios en el marco de sus competencias.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CALIDAD EN LAS COMUNICACIONES
DIRECCIÓN DE PROTOCOLOS DE COMUNICACIÓN
ACCIONES
  1. Coordinar y ejecutar los planes necesarios para la confección de protocolos de comunicación adecuados a las emergencias previstas.
  2. Proponer al Director General de Calidad de las Comunicaciones las modificaciones a los protocolos de las comunicaciones de la Central de Atención Telefónica de Emergencias.
  3. Desarrollar las acciones pertinentes a fin de lograr la formación continua de los Operadores, Supervisores y demás integrantes de la Central de Atención Telefónica de Emergencias.
  4. Evaluar el desempeño y potencial laboral de los operadores, supervisores, miembros de la mesa de crisis y demás integrantes de la Central de Atención Telefónica de Emergencias, conforme a las pautas normativas que se establezcan en la materia.
  5. Asegurar el cumplimiento de los protocolos de las comunicaciones por parte de los operadores y supervisores de la Central de Atención Telefónica de Emergencias.
  6. Programar las actividades vincularas con la Sala de Simulación para prácticas de adiestramiento y evaluación, a través de la organización de los recursos humanos, tecnológicos y económicos requeridos a tal efecto.
  7. Proponer al Director General de las Comunicaciones los planes necesarios para el correcto funcionamiento de la Central de Atención Telefónica de Emergencias, proyectando y administrando los recursos asignados.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CALIDAD EN LAS COMUNICACIONES
DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE LAS COMUNICACIONES
ACCIONES
  1. Coordinar y ejecutar los planes para la recolección de datos e información y para el funcionamiento de los distintos componentes y niveles del Sistema.
  2. Coordinar y ejecutar los planes sobre el funcionamiento de los distintos componentes y niveles del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias.
  3. Identificar la información que se requiera para el adecuado cumplimiento de los planes y programas del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias.
  4. Establecer los mecanismos técnicos de almacenamiento de la información que garantice su rápida obtención y utilización en diversos reportes.
  5. Generar informes sobre el funcionamiento del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias de todos sus componentes y en todos sus niveles y según los diversos incidentes.
  6. Estudiar, evaluar, analizar y proponer las altas y bajas del personal que correspondan para el correcto funcionamiento de la Central de Atención Telefónica de Emergencias.
  7. Organizar los archivos y el centro de documentación del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DELITO
ACCIONES
  1. Actuar como órgano de asistencia, de asesoramiento, de análisis y de consulta en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, en todo lo que se relacione de manera directa e indirecta con la prevención del delito y seguridad ciudadana en el territorio provincial; diseñando planes, programas y proyectos de corto, mediano y largo plazo en la materia.
  2. Planificar, desarrollar y conducir estudios estadísticos en materia de prevención del delito y seguridad ciudadana.
  3. Diseñar y mantener actualizadas las bases de datos de estadística delictiva y de otra información de apoyo a la toma de decisiones en materia de seguridad pública y seguridad ciudadana.
  4. Elaborar y mantener el mapa criminológico provincial y demás información estratégica que de base objetiva y oriente todas aquellas acciones y programas que en materia de prevención y proyección delictual se diseñen y ejecuten.
  5. Estudiar y evaluar planes, proyectos y programas referidos a la incorporación de nuevas tecnologías para la prevención del delito.
  6. Participar en el diseño y gestión de planes, programas y proyectos en materia de prevención del delito y seguridad ciudadana, en el marco de la finalidad y funciones del Ministerio de Justicia y Seguridad.
  7. Participar en la elaboración de propuestas de modificación de normas propias del sistema de seguridad pública y supervisar el cumplimiento de la normativa legal vigente.
  8. Intervenir en la definición de los lineamientos para la implementación y la evaluación de resultados de las políticas provinciales en materia de seguridad y prevención del delito.
  9. Estudiar y analizar iniciativas provenientes de otros organismos del estado o particulares, con el fin de articular acciones que tiendan a la optimización de los diferentes programas de prevención del delito y seguridad ciudadana.
  10. Fomentar convenios y acciones mancomunadas con organismos internacionales, nacionales, provinciales y municipales en materia de prevención del delito y seguridad ciudadana.
  11. Organizar y mantener un sistema de consulta y archivo de legislación, jurisprudencia y casuística que permita abordar con cientificismo todos aquellos programas y acciones que en materia de prevención del delito y proyección del delito se diseñen y ejecuten.
  12. Colaborar y asesorar a todos aquellos organismos del ámbito municipal, del estado provincial, de otros estados provinciales y del estado nacional; en todo lo atinente a la prevención del delito y seguridad ciudadana.
  13. Promover entre los distintos organismos del estado provincial, el conocimiento y análisis conjunto de la problemática referida a la prevención del delito y seguridad ciudadana, tendiente a generar soluciones alternativas comunes mediante actividades de formación, capacitación y participación comunitaria, coordinando acciones, pautas y criterios con las áreas competentes e involucradas del Ministerio de Justicia y Seguridad.
  14. Participar de actividades científicas y de intercambio, de formación, capacitación y participación comunitaria con otros organismos y reparticiones del Estado Provincial, de otros Estados Provinciales, del Estado Nacional y de otros países y organismos Internacionales a fin de maximizar la cientificidad y actualización de los programas y estudios que en materia de prevención del delito y seguridad ciudadana se establezcan.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DELITO
DIRECCIÓN DE ANÁLISIS ESTADÍSTICO Y CRIMINOLÓGICO
ACCIONES
  1. Desarrollar e implementar instrumentos y metodologías científicas y actualizadas que permitan comprender y analizar la problemática delictual, así como evaluar y proponer políticas orientadas a la prevención del delito.
  2. Elaborar bases de datos, estadística, cuadros comparativos y mapas temáticos de diversa complejidad sobre la realidad criminológica provincial.
  3. Crear bases de datos informatizadas y actualizadas que acompañen los programas de investigación en materia de proyección y prevención del delito.
  4. Elaborar un diagnóstico en lo atinente a la determinación y graduación de aquellas situaciones de seguridad pública que conforme a su gravedad, magnitud, peligrosidad y consecuencias, puedan afectar el pleno ejercicio de los derechos y garantías y deban ser objeto de acciones preventivas.
  5. Diseñar, dirigir e implementar estudios criminológicos interdisciplinarios, con el fin de lograr la correcta y óptima planificación de las políticas de prevención y proyección del delito.
  6. Conducir y monitorear programas de investigación criminológica que emanen de la Dirección General de Política de Prevención del Delito.
  7. Articular acciones con otras áreas del Ministerio de Justicia y Seguridad, en lo que hace a intercambio de datos y estudios acerca del fenómeno delictivo que permita un diseño racional y único de las políticas criminales y de seguridad pública.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DELITO
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE LA INFORMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DEL DELITO
ACCIONES
  1. Reunir información, formular hipótesis, cumplimentar los estudios y extraer conclusiones del mapa delictivo de la Provincia, mediante el análisis y sistematización de la naturaleza, modalidad, frecuencia, ubicación y horario de los delitos.
  2. Realizar estudios e investigaciones, sobre las organizaciones delictivas que operan en el ámbito de la Provincia, a fin de establecer su existencia, ramificaciones y vinculaciones con otras similares de carácter provincial, nacional, entre otros, y almacenar la información en una base de datos unificada del crimen organizado.
  3. Efectuar el relevamiento de los Grupos de Riesgo potencialmente delictivos.
  4. Realizar estudios de seguridad, en coordinación con las autoridades pertinentes, sobre las instalaciones de servicios públicos esenciales o instalaciones gubernamentales para determinar sus vulnerabilidades y capacidades, a fin de establecer el orden de prioridad a asignarles a los fines de la prevención de atentados, sabotajes, interrupción maliciosa del servicio, destrucción parcial o total del mismo, entre otros.
  5. Proponer planes, programas y proyectos en materia de prevención del delito y seguridad ciudadana.
  6. Formular propuestas de modificación de normas propias del sistema de seguridad pública.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INVESTIGACIONES JUDICIALES
ACCIONES
  1. Realizar tareas de coordinación con el Poder Judicial en materia de investigaciones judiciales y policiales.
  2. Planificar, desarrollar y conducir estudios e investigaciones criminológicas como soporte científico de las estrategias y políticas que se diseñen e implementen.
  3. Diseñar planes, programas y proyectos relacionados al cumplimiento de las funciones esenciales de las Áreas de las Policías de Investigaciones, Policía de Información, y Policía de Comunicaciones y Emergencias.
  4. Fomentar y facilitar la comunicación con organismos provinciales y nacionales, a fin de articular acciones conjuntas en materia de investigaciones judiciales y policiales.
  5. Llevar y mantener actualizada una base de datos que sistematice de forma eficiente la información relativa a todas las investigaciones a partir de la información elevada por las Direcciones de Investigaciones de Delitos Complejos, y de Asuntos Técnicos, Policiales y Judiciales.
  6. Impulsar la firma de convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales nacionales, provinciales e internacionales que revistan trayectoria en la materia.
  7. Estudiar y evaluar planes, proyectos y programas referidos a la incorporación de nuevas tecnologías en materia de investigaciones judiciales.
  8. Participar en la elaboración de propuestas de modificación de normas relativas a las investigaciones judiciales y policiales,  y supervisar el cumplimiento de la normativa legal vigente.
  9. Intervenir en la definición de los lineamientos para la implementación y la evaluación de resultados de las políticas provinciales en materia de investigación de delitos.
  10. Participar de actividades científicas y de intercambio, de formación, capacitación y participación comunitaria con otros organismos y reparticiones del Estado Provincial, de otros Estados Provinciales, del Estado Nacional y de otros países y organismos Internacionales a fin de maximizar la cientificidad y actualización de los programas y estudios en materia de investigaciones judiciales.
  11. Elaborar información estratégica que de base objetiva y oriente todas las acciones y programas que se diseñen y ejecuten en materia de investigaciones judiciales y policiales.
  12. Coordinar el cuerpo de investigadores especiales para el desarrollo y seguimiento de estudios e investigaciones judiciales y policiales.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES DE DELITOS COMPLEJOS
ACCIONES
  1. Diseñar planes, programas,  proyectos y protocolos de actuación en materia de investigaciones en función judicial, policía científica, de alta complejidad, de investigaciones vinculadas con el tráfico de drogas ilícitas y trata de personas.
  2. Fomentar el desarrollo de políticas concretas vinculadas a la detección e investigación del delito de trata de personas y delitos conexos.
  3. Promover la actividad investigativa en materia de delitos complejos y trata de personas, articulando acciones con organismos gubernamentales y no gubernamentales de los ámbitos municipal, provincial, nacional e internacional.
  4. Realizar gestiones tendientes a la suscripción de convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales nacionales, provinciales e internacionales que revistan trayectoria en la materia.
  5. Desarrollar y mantener una base de datos actualizada que sistematice la información relativa a las investigaciones de delitos complejos y trata.
  6. Prestar asesoramiento y asistencia técnica a la Subsecretaría en todo lo que concierna a la materia propia de la Dirección.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN DE ASUNTOS TÉCNICOS POLICIALES Y JUDICIALES
ACCIONES
  1. Diseñar planes, programas, proyectos y protocolos de actuación para la optimización de la información y de los recursos en materia de investigaciones de delitos.
  2. Desarrollar acciones de coordinación entre los ámbitos policiales y judiciales con el propósito de facilitar la investigación de delitos.
  3. Elaborar y proponer los anteproyectos de normas reglamentarias relativas a investigaciones judiciales y policiales.
  4. Estudiar y proponer modelos de coordinación de las acciones necesarias entre los organismos judiciales, el ministerio público y las áreas involucradas de la Subsecretaría, a fin de priorizar un mejor entendimiento estratégico y funcional en materia de investigaciones de delitos.
  5. Analizar y proponer técnicas innovativas de investigación judicial y policial, atendiendo a las tradicionales y nuevas formas de criminalidad.
  6. Asistir y asesorar técnicamente a las áreas de la Subsecretaría en la aplicación de la normativa vigente y relacionada con las competencias de la misma.
  7. Estudiar, analizar y coordinar con organismos gubernamentales y no gubernamentales, la elaboración de anteproyectos normativos relacionados con los aspectos técnicos policiales y judiciales.
  8. Producir dictámenes e informes y realizar estudios sobre iniciativas de proyectos legislativos vinculados con el área.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
ACCIONES
  1. Intervenir en los procesos judiciales en los que se ventilen cuestiones atingentes a la situación de los detenidos alojados en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires.
  2. Desarrollar un registro de todas las cuestiones contenciosas vinculadas al alojamiento de detenidos en dependencias policiales, penitenciarias y alcaidías de la Provincia de Buenos Aires, y realizar el seguimiento de las mismas.
  3. Realizar tareas de coordinación y enlace con organismos judiciales, policiales y de la administración pública provincial.
  4. Proponer las acciones y medidas que estime pertinentes en el ámbito de su competencia para la adecuación de las políticas y programas vigentes.
  5. Realizar el seguimiento de los asuntos contenciosos relativos al ámbito de competencia propio, que se planteen ante organismos internacionales.
  6. Elaborar y elevar periódicamente a la Subsecretaría informes sobre el estado de los asuntos contenciosos en los que se ventilen cuestiones que hacen a su competencia.
  7. Producir informes a requerimiento del Poder Legislativo, municipios, organismos nacionales e internacionales.
  8. Evaluar y elevar los proyectos de las presentaciones judiciales que correspondan en el marco de sus competencias.
 
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN ALOJAMIENTO TRANSITORIO
ACCIONES
  1. Realizar el seguimiento de los procesos judiciales en los que se ventilen cuestiones atingentes a la situación de detención de los detenidos alojados en dependencias policiales y alcaidías de la Provincia de Buenos Aires.
  2. supervisar el cumplimiento de las medidas judiciales dictadas respecto de la situación de detención en dependencias policiales y alcaidías de la Provincia de Buenos Aires.
  3. Diseñar, estudiar, evaluar y proponer nuevos planes de acción y estrategia relativos al ámbito de su competencia.
  4. Confeccionar los anteproyectos de las presentaciones judiciales que correspondan en el marco de los asuntos contenciosos que le conciernan.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN ALOJAMIENTO PENITENCIARIO
ACCIONES
  1. Realizar el seguimiento de los procesos judiciales en los que se ventilen cuestiones atingentes a la situación de los detenidos alojados en dependencias del Servicio Penitenciario Bonaerense.
  2. Supervisar el cumplimiento de las medidas judiciales dictadas respecto de la situación de detención en dependencias del Servicio Penitenciario Bonaerense.
  3. Mantener una base de datos normativa, jurisprudencial y doctrinaria actualizada que permita el desarrollo y utilización de nuevos criterios y estrategias de actuación en la materia de su competencia.
  4. Elaborar los anteproyectos de las presentaciones judiciales que correspondan en el marco de los asuntos contenciosos en alojamiento penitenciario.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE ALCAIDÍAS DEPARTAMENTALES
ACCIONES
  1. Ejecutar acciones de coordinación y enlace con las direcciones de las alcaidías departamentales creadas en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad.
  2. Diseñar políticas, proponer proyectos y lineamientos de gestión y administración tendientes a optimizar la conducción de las alcaidías departamentales.
  3. Generar canales ágiles de comunicación que vinculen a los organismos policiales y penitenciarios con las direcciones de las alcaidías departamentales.
  4. Asegurar el cumplimiento de la asistencia y control de los ciudadanos preventivamente privados de libertad en las diversas Alcaidías Departamentales.
  5. Propender al uso y distribución racionales de los recursos humanos y materiales de la Dirección y de las Alcaidías Departamentales dependientes de la misma, como así también elevar en tiempo y forma toda información referente a necesidades de carácter general en materia de personal.
  6. Mantener un registro central actualizado sobre la nómina y situación jurídica de los detenidos en las alcaidías.
  7. Proponer pautas y criterios de clasificación de las personas alojadas en las Alcaidías, teniendo en cuenta la franja etaria, la naturaleza del delito, sexo y cualquier otro elemento que coadyuve a una mejor caracterización y organización de las mismas.
  8. Confeccionar y elevar informes periódicos referidos a la gestión de las Alcaidías Departamentales.
  9. Proponer y coordinar programas de formación y selección del personal técnico y profesional, estableciendo perfiles de aptitud necesarios en relación al desempeño en las Alcaidías.
  10. Evaluar el rendimiento de las áreas de trabajo dentro de las Alcaidías y proponer las modificaciones que en cada caso correspondan. 
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE ALCAIDÍAS
DIRECCION DE ALCAIDÍAS DEPARTAMENTALES (I A X)
ACCIONES
  1. Administrar la Alcaidía Departamental a su cargo.
  2. Hacer cumplir las leyes, reglamentos y órdenes que se impartan para el mejor desenvolvimiento de la Alcaidía Departamental.
  3. Supervisar el funcionamiento de la Alcaidía que esté a su cargo, y elevar en tiempo y forma toda información referente a necesidades de carácter general en materia de personal.
  4. Controlar diariamente las actividades que se desarrollan en la Alcaidía que esté a su cargo.
  5. Mantener la disciplina y bienestar de los ciudadanos alojados en las mismas y del personal de la Alcaidía.
  6. Administrar la información acerca del estado de situación de los ciudadanos alojados en cada Alcaidía.
  7. Proponer y coordinar programas de formación y selección del personal técnico y profesional, estableciendo perfiles de aptitud necesarios en relación al desempeño en la alcaidía.
  8. Evaluar el rendimiento de las áreas de trabajo dentro del establecimiento y proponer las modificaciones que en cada caso correspondan.
  9. Atender toda tramitación relacionada con la situación jurídica de los ciudadanos detenidos, y ser el nexo administrativo por sí o por medio del funcionario que designe a tal efecto, entre el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y Seguridad, el Servicio Penitenciario Bonaerense y la Dirección General de Salud Penitenciaria.
  10. Llevar y mantener actualizada la identificación de los ciudadanos detenidos o alojados cautelar o provisoriamente.
  11. Intervenir en diligenciamientos vinculados con los ingresos de detenidos al sistema penitenciario, comparendos, libertades, y notificaciones.
  12. Archivar los legajos de los ciudadanos alojados en la Alcaidía Departamental y toda documentación que deba ser agregada a los mismos.
  13. Organizar una biblioteca con material de lectura para los alojados en cada Alcaidía y un área de esparcimiento para los mismos.
  14. Coordinar la realización de actividades laborales acordes a la infraestructura de cada Alcaidía.
  15. Asistir y supervisar las actividades que hacen a la prestación de servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento del organismo.
  16. Coordinar y administrar el registro patrimonial de los bienes muebles según las normas y reglamentaciones vigentes, remitiendo los informes pertinentes a la Dirección General de Administración del Ministerio de Justicia y Seguridad.
  17. Disponer el ámbito adecuado para que se practiquen las diligencias judiciales.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA PENITENCIARIA
ACCIONES
  1. Fiscalizar y controlar las condiciones de detención que se cumplen en los establecimientos carcelarios y centros de detención dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad.
  2. Coadyuvar a la Subsecretaría de Política Criminal e Investigaciones Judiciales en la planificación, ejecución y supervisión de la política dispuesta para que la administración penitenciaria sea efectuada en el contexto de los Derechos Humanos, según normativa internacional, nacional y provincial.
  3. Efectuar un plan de monitoreo y seguimiento permanente de los aspectos críticos y relevantes en los establecimientos penitenciarios, procesando datos y elaborando estadísticas para la adopción de las medidas políticas correspondientes.
  4. Coordinar el Cuerpo de Supervisores de Unidades Penitenciarias como fuente de información directa de la realidad de los establecimientos carcelarios, tanto en los temas edilicios, de personal, población, visitas, violencia y demás aspectos concernientes.
  5. Establecer planes que fomenten el aprendizaje de aptitudes, trabajo y estudio de las personas privadas de su libertad, en forma tal que el tiempo de encierro se convierta en adquisición de herramientas para incluirse adecuadamente en el medio libre.
  6. Participar, mediante los representantes del Ministerio, de la conformación de los cuerpos técnico criminológicos con sede en las unidades penitenciarias, particularmente de los Grupos de Admisión y Seguimiento (decreto 2889/04), aplicando la política emanada en la materia tanto para la administración de programas de asistencia y tratamiento a la persona privada de libertad como en la elaboración de informes.
  7. Administrar la política de recursos humanos aplicable al personal penitenciario y de Salud Penitenciaria, estableciendo criterios para la convocatoria, selección, capacitación permanente y promoción de los agentes necesarios para desarrollar la tareas asignadas a estas dependencias.
  8. Inspeccionar permanentemente el sistema de detención, en lo inherente al funcionamiento del Servicio Penitenciario Bonaerense y de la Dirección General de Salud Penitenciaria, dando trámite administrativo y/o judicial a las irregularidades que se detecten.
  9. Definir mecanismos legales, elaborar anteproyectos de reforma y actualización de normas relacionadas con el Servicio Penitenciario y la Dirección General de Salud Penitenciaria.
  10. Intervenir en la evaluación e informes para el otorgamiento o denegación de conmutación de penas.
  11. Analizar y proponer, articulando con el Programa de Infraestructura Judicial y Penitenciaria la formulación de proyectos relacionados con la construcción, ampliación remodelación, mejoramiento y mantenimiento de las unidades carcelarias y de las alcaidías.
  12. Ejercer la función de nexo con el Servicio Penitenciario Bonaerense, Dirección General de Salud Penitenciaria y el Patronato de Liberados en lo inherente a la detención y ejecución penal.
  13. Fiscalizar y controlar las condiciones de detención que se cumplen en los centros de alojamiento transitorio, dependencias policiales y alcaidías que se encuentran dentro de la órbita de competencia del Ministerio de Justicia y Seguridad.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA PENITENCIARIA
DIRECCIÓN DE POBLACIÓN CARCELARIA
ACCIONES
  1. Brindar asistencia para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Ad Hoc de seguimiento de problemas carcelarios, compuesta por miembros del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, demás organismos gubernamentales y organizaciones no gubernamentales. Elaborar y analizar propuestas.
  2. Fiscalizar los organismos carcelarios y de detención dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad en los aspectos que involucren a la población carcelaria en todos los derechos que la asisten.
  3. Fomentar la articulación de acciones para lograr capacitación laboral y obtención de fuentes de trabajo para los internos, en busca de la futura inclusión social.
  4. Generar acciones correspondientes para garantizar la educación, formal y no formal, en todos los establecimientos carcelarios.
  5. Promover actividades de orden artística, cultural y deportiva en las cárceles.
  6. Establecer los parámetros y lineamientos generales y particulares en la organización y administración de los institutos carcelarios y de detención dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad.
  7. Atender programas de prelibertad, libertad asistida, prisión diurna, nocturna, domiciliaria, sistema de monitoreo electrónico, centros de reinserción, en acción conjunta con el Patronato de Liberados.
  8. Organizar las acciones administrativas correspondientes a los registros de entradas, salidas, trámites, movimientos internos y archivo de las actuaciones que se susciten con motivo de las peticiones de conmutación de penas.
  9. Atender los programas de género en lo relacionado con la población carcelaria.
  10. Supervisar las condiciones de detención que se cumplen en los centros de alojamiento transitorio, dependencias policiales y alcaidías que se encuentran dentro de la órbita de competencia del Ministerio de Justicia y Seguridad, a fin de salvaguardar los derechos de los detenidos allí alojados.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA PENITENCIARIA
DIRECCIÓN DE PERSONAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS
ACCIONES
  1. Intervenir en las cuestiones relativas a altas, bajas, retiros, recursos y sumarios administrativos del personal penitenciario y de salud penitenciaria.
  2. Atender el registro de entradas, salidas, trámites, movimientos internos y archivo de las actuaciones que se susciten con motivo de las cuestiones del personal penitenciario y de salud penitenciaria y toda otra documentación que por disposición legal deba intervenir el Ministerio. Proyectar los actos administrativos correspondientes. Notificar Decretos y/o Resoluciones a los causantes.
  3. Realizar acciones y estudios tendientes a mejorar el sistema penitenciario y postpenitenciario propendiendo a la mejora de las condiciones de detención de los procesados y penados a través de la realización de cursos de formación y capacitación destinados al personal penitenciario y de salud penitenciaria.
  4. Participar en la determinación de las necesidades materiales y en la formación e integración de los recursos humanos del Servicio Penitenciario
  5. Fiscalizar los organismos carcelarios y de detención de acuerdo a los lineamientos establecidos y en lo que respecta al personal.
  6. Dar trámite a las solicitudes de ingresos formuladas en el marco de la ley 10.592 en el Servicio Penitenciario Bonaerense y en la Dirección General de Salud penitenciaria.
  7. Participar en la determinación del cronograma anual de ingresos en el Servicio Penitenciario Bonaerense y en la Dirección General de Salud penitenciaria.
  8. Proponer las necesidades de cargos de personal que haya que incluir en las leyes de presupuesto.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA PENITENCIARIA
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN Y CONTROL
ACCIONES
  1. Fiscalizar y controlar los establecimientos carcelarios dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad a efectos de detectar y/o investigar de la existencia de faltas, delitos o conductas anómalas.
  2. Ejercer tareas de control sobre el accionar del Servicio Penitenciario Bonaerense y de la Dirección Provincial de Salud Penitenciaria.
  3. Desarrollar actividades investigativas correspondientes a los efectos de la evaluación de gestión y de responsabilidades administrativas, de la decisión de incoar sumarios administrativos y de la presentación de denuncias judiciales.
  4. Realizar control de mérito y oportunidad de los sumarios administrativos del personal del SPB y la DGSP iniciados en relación a la posible comisión de faltas o transgresiones a la ley de personal y estatutos de esas instituciones
  5. Realizar seguimiento de causas penales en que se encuentra involucrado personal penitenciario y médico.
  6. Optimizar, mediante propuestas a la Subsecretaria de Política Criminal e Investigaciones Judiciales de sistemas y procedimientos de control, las instancias actuales de auditoría, fiscalización y supervisión, a fin de disminuir y evitar la comisión de ilícitos, faltas administrativas y desvíos de bienes.
  7. Actuar como instructor de sumarios de relevancia institucional cuando le sea asignado por la Subsecretaria de Política Criminal e Investigaciones Judiciales.
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL E INVESTIGACIONES JUDICIALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD PENITENCIARIA
ACCIONES
  1. Planificar lo atinente al Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
  2. Fomentar la promoción, protección, recuperación y rehabilitación, de la salud de las personas privadas de libertad y del personal penitenciario.
  3. Impartir directivas sobre educación sanitaria elevando el nivel científico del personal especializado.
  4. Evaluar las distintas propuestas de las Direcciones y Departamentos en lo atinente a la aplicación del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
  5. Planificar las actividades a desarrollar por los profesionales médicos, técnicos y auxiliares pertenecientes a las distintas áreas y Departamentos que prestan servicios en las distintas Unidades Penitenciarias.
  6. Coordinar acciones con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Subsecretaría de Política Criminal e Investigaciones Judiciales.
  7. Planificar lo concerniente a la transferencia de conocimiento interno en cada una de las Direcciones y Areas.
  8. Procurar y promover, a través del Departamento de Capacitación Técnico Profesional y de Investigación Científica, la obtención de becas y/o participación en cursos, jornadas, simposios, congresos, para los integrantes del cuerpo médico profesional del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
  9. Propiciar la celebración de convenios con diferentes organismos de difusión científica públicos o privados, nacionales o internacionales, tendiendo así al flujo de comunicación de material vinculado a las ciencias biomédicas.
  10. Promover la protección de la salud de las personas privadas de la libertad mediante el control de un adecuado régimen alimenticio vigilando el cumplimiento de normas de higiene y salubridad individual y colectiva, supervisando la ejecución de actividades deportivas y educación física, controlando los catastros médicos correspondientes, el desarrollo de los planes de vacunación y el cumplimiento de las normas de seguridad laboral.
  11. Supervisar las actividades inherentes al Reconocimiento Médico del personal del Servicio Penitenciario Bonaerense.
  12. Implementar a través del Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno, la historia clínica de los mismos.
  13. Diseñar el plan regional de atención de catástrofes con recursos operativos propios ensamblándolos funcionalmente con eventuales equipos sanitarios de apoyo externo.
  14. Planificar la ejecución de las tareas de control a través de un área de auditoría legal y médica.
  15. Controlar la aplicación por parte de la Dirección de Gestión y Control de la Calidad de la Salud Penitenciaria de los mecanismos necesarios para acceder a los niveles de calidad planificados
  16. Realizar la superintendencia sobre la actividad de los profesionales de la Salud en la Institución, proponiendo, organizando y coordinando las acciones de capacitación y/o actualización correspondiente.
  17. Promover la implementación de medidas tendientes a optimizar las condiciones de trabajo mediante la implementación de normas de Higiene y Seguridad.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD PENITENCIARIA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y CALIDAD DE LA SALUD
ACCIONES
  1. Coordinar, supervisar y controlar el cumplimiento de los niveles de calidad de los diferentes servicios de salud del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
  2. Instrumentar los mecanismos necesarios para ejercer la supervisión de las actividades vinculadas con el Sistema Integral de Salud Penitenciaria, con el objeto de acceder a los niveles de calidad planificados.
  3. Analizar toda información concerniente al funcionamiento del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, para su posterior evaluación y elevación de las propuestas a la Dirección General, con el objeto de arribar a los niveles de calidad requeridos y planificados.
  4. Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria para su consideración y tratamiento informes con todo acto que no se ajuste a los preceptos estipulados en el Juramento de Atenas y que, por tal motivo, sea pasible de considerarse como falta a la ética médica.
  5. Coordinar y supervisar la aplicación del Vademécum único de medicamentos, drogas y accesorios no inventariables como así también del Nomenclador Único Instrumental Técnico, Científico y de Electromedicina, con el objeto de arribar a los niveles de calidad planificados.
  6. Generar, coordinar y supervisar un archivo centralizado informático de las Historias Clínicas Médicas de todos los internos, que sean asistidos dentro del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, a los efectos de centralizar, procesar, analizar y evaluar dicha información en pos de arribar a los niveles de calidad planificados.
  7. Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria los datos recibidos del Departamento de Procesamiento y Análisis de la Información y Bioestadística la información recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno.
  8. Determinar el cronograma y coordinar las reuniones periódicas con los departamentos a su cargo, con el fin de evaluar el funcionamiento del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
  9. Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente con las Direcciones de Salud Mental y Adicciones y de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud, como así también con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD PENITENCIARIA
DIRECCIÓN DE MEDICINA ASISTENCIAL Y PROMOCIÓN DE LA SALUD
ACCIONES
  1. Coordinar y supervisar las actividades desarrolladas por los profesionales médicos, técnicos y auxiliares pertenecientes al área de medicina asistencial, promoción de la salud, enfermedades prevalentes e infectocontagiosas que prestan servicios en las distintas Unidades Penitenciarias.
  2. Proponer y coordinar la ejecución de los distintos programas de asistencia y tratamiento de la salud para ser implementados en las Unidades Penitenciarias, en coordinación con los organismos competentes en la materia correspondiente.
  3. Establecer una relación permanente con las áreas sanitarias, a fin de procurar una correcta ejecución de las tareas a implementar.
  4. Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria los datos recibidos de los Departamentos a su cargo, en cuanto a la información recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno.
  5. Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria la realización de tareas de investigación y docencia vinculadas al ámbito de su competencia, en relación con el Departamento de Capacitación Técnico Profesional y de Investigación Científica.
  6. Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente con la Dirección de Salud Mental y Adicciones, la Dirección de Gestión y Calidad de la Salud y con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD PENITENCIARIA
DIRECCIÓN DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES
ACCIONES
  1. Coordinar y supervisar las actividades desarrolladas por los profesionales del área de psiquiatría y psicología que prestan servicios en las distintas Unidades Penitenciarias.
  2. Proponer y coordinar la ejecución de los distintos programas de su competencia para ser implementados en las Unidades Penitenciarias que correspondan, en coordinación con los organismos competentes en la materia.
  3. Establecer una relación permanente con las áreas sanitarias, a fin de procurar una correcta ejecución de las tareas a implementar.
  4. Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria los datos recibidos de los Departamentos a su cargo, len cuanto a la información recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno.
  5. Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria la realización de tareas de tareas de investigación y docencia vinculadas al ámbito de su competencia, en relación con el Departamento de Capacitación Técnico Profesional y de Investigación Científica.
  6. Planificar y supervisar las actividades vinculadas al tratamiento de las conductas adictivas.
  7. Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria la realización de tareas en colaboración con la Subsecretaría de Adicciones de la Provincia de Buenos Aires.
  8. Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente con la Dirección de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud, la Dirección de Gestión y Calidad de la Salud y con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SALUD PENITENCIARIA
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
ACCIONES
  1. Administrar los recursos físicos, humanos y las actividades que sirven de apoyo y demanda al funcionamiento de la Dirección General de Salud Penitenciaria acorde a la normativa vigente y a las directivas que establezcan las autoridades de las dependencias competentes e involucradas.
  2. Realizar las actividades relacionadas con la administración de recursos humanos de la Dirección General de Salud Penitenciaria.
  3. Atender el registro de entradas, salidas, trámites y movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en las Dirección General de Salud Penitenciaria, controlando y verificando el debido cumplimiento de la normativa vigente.
  4. Sustanciar los actos administrativos que le sean requeridos por la superioridad cumpliendo con los plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.
  5. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los registros y ficheros de control de la gestión administrativa del sector.
  6. Informar a la Dirección General de Administración la novedad en lo referente a horas extraordinarias de labor, viáticos y movilidad.
  7. Organizar, mantener e instrumentar el servicio de gestoría y correos para todas las dependencias de la Dirección General de Salud Penitenciaria, realizar las actividades necesarias a fin de verificar la entrega en tiempo y forma de expedientes, actuaciones y sobres en los lugares de destino determinados.
  8.  

           
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