Firmado entre el Gobierno de la Provincia y la Nación (08/09/04)
Que asegurar la paz social es una obligación primaria del Estado.
Que a esos fines resulta necesario llevar adelante una actividad de relevamiento, estudio, análisis, diagnóstico y evaluación en dicho territorio para conocer la realidad social, educativa, sanitaria y de seguridad de la población.
Que dichos elementos, sumados a una actualizada cartografía de la zona permitirán diseñar juntamente con las áreas gubernamentales involucradas un plan de acción integral orientado a la defensa efectiva de los bienes y personas en el mencionado territorio.
Que en virtud de las competencias atribuidas al Ministerio del Interior y a la Secretaría de Seguridad Interior de la Nación por la Ley de Seguridad Interior Nro 24.059 y los Decretos Nro. 1066/04 y 1067/04, como las conferidas al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires por el artículo 9 inciso 11 y 19 de la Ley Provincial Nro 13.175 y las Leyes Provinciales Nro 12.155 y 13.188 las partes acuerdan celebrar el presente Convenio conforme las siguientes cláusulas:
Primera:
El Ministro del Interior, la Secretaría de Seguridad Interior de la Nación y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, se comprometen a organizar y coordinar un relevamiento de datos e información para el diagnóstico y evaluación de la realidad social, educativa, sanitaria y de seguridad del territorio de las Islas del Delta de Paraná. Ello, con la finalidad de diseñar un Plan integrado de acción conjunta con las áreas y dependencias gubernamentales nacionales, provinciales y municipales involucradas.
Segunda:
Las partes se comprometen a convocar a los Intendentes Municipales de San Fernando, Escobar, Tigre, Campana, Zárate, Baradero, San Pedro, Ramallo y San Nicolás, así como a las áreas y dependencias gubernamentales nacionales y provinciales con competencia específica, a fin de colaborar y participar en el diseño e implementación de las actividades necesarias para el cumplimiento del presente acuerdo.
Tercera:
Las partes se comprometen a invitar a la Universidad Nacional de La Plata para que a través de sus Unidades Académicas e Institutos de Investigación participe de las actividades de relevamiento de datos e información que contribuyan al cumplimiento del presente acuerdo.
Cuarta:
Las partes se comprometen a invitar a las Asociaciones Civiles y/o Comerciales vinculadas a las actividades de transporte náutico, de turismo y de explotación productiva de la zona.
Quinta:
Las partes se comprometen a afectar los recursos humanos y logísticos necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo
En prueba de conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata, a los ocho días
del mes de septiembre de 2004
