DIRECCIÓN DE SANIDAD

Acciones

1. Conducir e impartir directivas inherentes a la gestión sanitaria laboral vinculada con la salud y la aptitud del personal asignado y/o a asignar en cada uno de los subescalafones policiales.
2. Intervenir en las evaluaciones de los aspirantes a ingresar a las Policías de la Provincia, determinando las aptitudes física y perfil psicológico de los mismos.
3. Asesorar a las Policías de la Provincia en todo lo referente a la problemática médico laboral específica.
4. Establecer las pautas y/o lineamientos necesarios para el cumplimiento de las funciones propias de los diferentes organismos dependientes.
5. Impulsar acciones tendientes a la convocatoria del personal policial para la realización de estudios psicofísicos.
6. Efectuar los reconocimientos médicos del personal policial, estableciendo su aptitud psicofísica, perfil psicológico y determinando sus incapacidades laborales.
7. Desarrollar herramientas de análisis, estadísticas y toda información que permita implementas políticas y estrategias de acción en el ámbito de los recursos humanos de la Cartera, con aplicación al régimen del personal policial. 8. Favorecer la producción de conocimientos de las diversas problemáticas de recursos humanos en salud.
9. Impulsar a través de sus dependencias centralizadas y descentralizadas actividades y/o programas médico preventivos.
10. Asesorar y dictaminar en las cuestiones médico-legales que provengan de las distintas áreas policiales y ministeriales, relacionadas con la aplicación del régimen legal del personal policial.
11. Planificar, coordinar e instrumentar el desarrollo de programas de formación y/o capacitación del personal policial en materia sanitaria.
12. Asesorar y participar en la elaboración de proyectos normativos relacionados con su ámbito de competencia.
13. Ejercer las acciones conducentes tendientes a asegurar el debido tratamiento y control de enfermedades inculpables, así como las inasistencias del personal motivadas en las mismas.
14. Promover y/o coordinar acciones con los organismos del área de salud del Estado Nacional, Provincial y Municipal y/o Organizaciones no Gubernamentales, para la realización conjunta de actividades relacionadas con la salubridad laboral policial.