Superintendencia de Planeamiento y Operaciones Policiales

Escudo Superintendencia de Seguridad Vial

MISIONES Y FUNCIONES

Según el Boletín Informativo Nº 17, del martes 29 de marzo de 2016  se establecen las siguientes funciones para la Superintendencia de Planeamiento y Operaciones Policiales:

  • Ejercer la conducción y coordinación operativa del personal bajo su mando, para el cumplimiento de las metas, acciones y tareas ordenadas, conforme a las normas constitucionales legales y reglamentarias vigentes.
  • Velar por el cumplimiento de las instrucciones generales y particulares emanadas de la Superintendencia General de Policía.
  • Elaborar, planificar y coordinar la operatividad de las Policías de la provincia de Buenos Aires en relación a delitos, contravenciones y operaciones policiales, analizando sus resultados.
  • Compilar y administrar la información, proveniente de las distintas Policías, correspondientes a los delitos y faltas ocurridos en sus respectivas áreas de responsabilidad operacional, tendiente a una mejor administración y control de medios para contrarrestar el accionar delictual.
  • Reunir información sobre recursos humanos y logísticos disponibles en las distintas Policías.
  • Ejercer las facultades que en materia administrativa disciplinaria legalmente le correspondan.
  • Cumplir toda otra función que se le encomiende en el ámbito de su competencia.

Funciones
DIRECCIÓN CONTROL DISCIPLINARIO

  • Coordinar y fiscalizar el tratamiento de los sumarios administrativos regulados por la normativa vigente.
  • Realizar estudios previos sobre competencia y análisis de las probanzas acumuladas en actuaciones sumariales administrativas que fueren remitidas o deban ser resueltas por el Superintendente.
  • Proyectar los actos administrativos que resuelvan definitivamente las actuaciones sumariales administrativas correspondientes a las faltas previstas en la normativa vigente.
  • Proseguir con la sustanciación de las actuaciones sumariales administrativas incoadas hasta su finalización, en aplicación de los artículos 147 a 209 del derogado Decreto N° 3326/04, sugiriendo en su caso, aplicar o eximir de sanción disciplinaria.
  • Asesorar sobre la procedencia de la actuación sumarial administrativa de oficio en aquellas situaciones que así lo ameriten.
  • Sugerir al Superintendente la realización de medidas previas o ampliatorias.
  • Asesorar al Superintendente en cuestiones sobre recusaciones o excusación de los instructores sumariales planteadas por los sumariados.
  • Dictaminar sobre la procedencia de la instrucción sumarial por parte de la Superintendencia.
  • Mantener reuniones informativas, de asesoramiento y de supervisión sobre los organismos subordinados a la Superintendencia donde se instruyan actuaciones sumariales administrativas.
  • Establecer contacto con autoridades judiciales, tanto en la órbita Federal como Provincial, cuando la instrucción sumarial así lo aconseje o mediare orden del Superintendente.
  • Aconsejar, la intervención de la Auditoría General de Asuntos Internos, cuando del análisis de las actuaciones sumariales se interpretarse que la falta cometida sea de aquellas que compete instruir a ese organismo, como asimismo dar inmediata intervención cuando “prima facie” se estuviere en presencia de la comisión de un ilícito penal.
  • Instruir los sumarios administrativos que por su tipo y calidad, y conforme lo establezca la Ley de Personal y normativa reglamentaria, corresponda ser resuelto por el Superintendente.
  • Tramitar las desafectaciones y levantamientos de servicio del personal en los casos que corresponda.
  • Controlar el cumplimiento de las formas procedimentales y el debido proceso administrativo, evitando nulidades en la instrucción sumarial.
  • Dar intervención a la Dirección General Legal y Técnica, cuando corresponda resolver el encuadre legal de las lesiones y su imputabilidad o no al servicio.
  • Cumplir toda otra función que se le encomiende en el ámbito de su competencia.

Funciones:
DEPARTAMENTO DE CONTROL DE OPERACIONES EN LA VÍA PÚBLICA Y COORDINACIÓN CON LAS FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES

  • Ejercer la coordinación, fiscalizando el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas cuya observancia corresponda a su personal, así como las directivas y órdenes de la superioridad.
  • Impartir las directivas necesarias para asegurar la eficiencia, coordinación y control de los servicios ordinarios, extraordinarios, permanentes o transitorios, adoptando las medidas convenientes para su cumplimiento o recomendándolas a la superioridad policial, cuando no se encuentren en su ámbito directo de competencia.
  • Asesorar a la superioridad policial en el ámbito de su competencia.
  • Coordinar, con las fuerzas de seguridad federales, las acciones necesarias en cuanto a la prevención del delito en la vía pública.
  • Cumplir toda otra función que se le encomiende en el ámbito de su competencia.


Superintendencia General Policía; Superintendencia, Planeamiento, Operaciones, Policiales