Superintendencia de Servicios Sociales

 

Misiones



La Superintendencia de Servicios Sociales ocupa un lugar en la estructura de la organización de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y está conducida por un funcionario de la máxima jerarquía policial quien a su vez integra la Plana Mayor y orgánicamente depende en forma directa del Señor Superintendente General de Policía. Su rango fue dispuesto por Resolución Nº 359 del 16 de julio de 2010 por el ex-Ministerio de Justicia y Seguridad (Boletín Informativo Nº 23 del 20/09/10), el que fue mantenido por Resolución Nº 4 del 19 de septiembre de 2013 por el actual Ministerio de Seguridad (Boletín Informativo Nº 1 del 18/10/13).

Sobre la base de los derechos irrenunciables reconocidos en el artículo 14 Bis de la Constitución Nacional, los artículos 39 inciso 3º y 40 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y de los principios básicos de todo régimen de la Seguridad Social: equidad, integridad, solidaridad y universalidad, la Superintendencia de Servicios Sociales tiene por misión “promover el bienestar general del personal policial en actividad, en retiro, jubilado y/o pensionado, y de sus familiares a cargo (todos ellos afiliados).

Esta tarea es solventada con recursos que provienen del aporte mensual de los propios afiliados distintos beneficios socio-asistenciales relacionados con las prestaciones médicas no cubiertas por el IOMA, préstamos personales referidos con la salud, subsidios por distintas contingencias y siniestros, seguro de fallecimiento, turismo, asistencia social, asistencia a los heridos y/o familiares de efectivos caídos en acto de servicio, y aún prestaciones de la salud brindadas directamente por el organismo a sus beneficiarios, etc.”

Desde su nacimiento ha evolucionado en tres etapas bien diferenciadas: primero fue Mutual (Decreto N° 1744/43); luego pasó a ser Obra Social (Decreto N° 10779/53), función que cumplió hasta el año 1957 cuando se creó el I.O.M.A. (de afiliación obligatoria para todo el personal de la administración pública) y, para culminar su proceso de transformación (después de una breve transición en que no se dejó de brindar servicios) se convirtió en un organismo de Bienestar o Bienestar Social (su actual formato) por disposición del Decreto N° 825/61 y sus diversas modificaciones a través de los años y de los Decretos 1204/85 y 487/06 que le asignan la realización de múltiples funciones de mutual, de obra social, de coseguro médico asistencial de su Obra Social Principal (el IOMA).

Al mismo tiempo, cumple funciones de un prestador directo de la salud con los servicios de odontología y de traslados de enfermos o pacientes de baja complejidad que realiza con ambulancias de su propia flota automotor y de prestador directo de turismo con los servicios que brinda directamente a sus afiliados con sus hoteles y establecimientos propios en San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro; Villa General Belgrano, Provincia de Córdoba; y Santa Teresita, Partido de La Costa, Provincia de Buenos Aires. Esta es su verdadera naturaleza jurídica dentro del campo de la seguridad social, es decir que es un organismo de bienestar o bienestar general dentro de la Institución Policial.

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