A.Pre.Vi.De. Acciones
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(Las acciones de la Agencia de Prevención de Violencia en el Deporte están dadas por el DECRETO N° 638/2.012)
1. Disponer todas aquellas medidas previas, concomitantes y posteriores que considere pertinentes para garantizar la seguridad de los espectáculos deportivos que se desarrollen en ámbito territorial de la Provincia de Buenos Aires.
2. Planificar, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de las medidas dispuestas tendientes a garantizar la seguridad en los espectáculos deportivos.
3. Promover e impulsar acciones y campañas de prevención de hechos de violencia en el ámbito deportivo.
4. Elaborar orientaciones y recomendaciones a las asociaciones deportivas y las instituciones afiliadas a las mismas en aquellos espectáculos en los que razonablemente se prevea la posibilidad de actos violentos.
5. Instar a las asociaciones deportivas a adecuar sus estatutos para recoger en los regímenes disciplinarios las normas relativas a la violencia en el deporte.
6. Informar preceptivamente las disposiciones que en materia de espectáculos públicos dicte el organismo.
7. Ser la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 11.929 modificada por la Ley N° 12.529 y su Decreto Reglamentario N° 1.863/02.
8. Atender a las cuestiones organizativas, económico financieras y de personal del organismo.
9. Promover e impulsar acciones de prevención.