Dirección Seguridad de Islas

Convenio de Acción Conjunta en las Islas del Delta del Paraná

LA PLATA, 2 de junio de 2004. Firmado entre el Gobierno de la Provincia y la Nación (08/09/04) Entre el MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA NACIÓN, representado en este acto por su titular el Cdr. Dr. Aníbal Domingo FERNÁNDEZ y la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR DE LA NACIÓN, representada por su titular el Dr. Alberto Juan Bautista IRIBARNE, ambos con domicilio en la calle Gelly y Obes 2289 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con domicilio en la calle 2 entre 51 y 53 de la Ciudad de La Plata, representado en este acto por su titular el Dr. León Carlos ARSLANIÁN, acuerdan celebrar el presente Convenio de Acción Conjunta en el territorio de Islas del Delta de Paraná, en orden a las consideraciones y cláusulas que a continuación se detallan: Consideraciones: Que las Islas del Delta de Paraná constituyen un territorio insular con una realidad histórica, cultural, política y geográfica peculiar. Que asegurar la paz social es una obligación primaria del Estado. Que a esos fines resulta necesario llevar adelante una actividad de relevamiento, estudio, análisis, diagnóstico y evaluación en dicho territorio para conocer la realidad social, educativa, sanitaria y de seguridad de la población. Que dichos elementos, sumados a una actualizada cartografía de la zona permitirán diseñar juntamente con las áreas gubernamentales involucradas un plan de acción integral orientado a la defensa efectiva de los bienes y personas en el mencionado territorio. Que en virtud de las competencias atribuidas al Ministerio del Interior y a la Secretaría de Seguridad Interior de la Nación por la Ley de Seguridad Interior Nro 24.059 y los Decretos Nro. 1066/04 y 1067/04, como las conferidas al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires por el artículo 9 inciso 11 y 19 de la Ley Provincial Nro 13.175 y las Leyes Provinciales Nro 12.155 y 13.188 las partes acuerdan celebrar el presente Convenio conforme las siguientes cláusulas: Primera: El Ministro del Interior, la Secretaría de Seguridad Interior de la Nación y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, se comprometen a organizar y coordinar un relevamiento de datos e información para el diagnóstico y evaluación de la realidad social, educativa, sanitaria y de seguridad del territorio de las Islas del Delta de Paraná. Ello, con la finalidad de diseñar un Plan integrado de acción conjunta con las áreas y dependencias gubernamentales nacionales, provinciales y municipales involucradas. Segunda: Las partes se comprometen a convocar a los Intendentes Municipales de San Fernando, Escobar, Tigre, Campana, Zárate, Baradero, San Pedro, Ramallo y San Nicolás, así como a las áreas y dependencias gubernamentales nacionales y provinciales con competencia específica, a fin de colaborar y participar en el diseño e implementación de las actividades necesarias para el cumplimiento del presente acuerdo. Tercera: Las partes se comprometen a invitar a la Universidad Nacional de La Plata para que a través de sus Unidades Académicas e Institutos de Investigación participe de las actividades de relevamiento de datos e información que contribuyan al cumplimiento del presente acuerdo. Cuarta: Las partes se comprometen a invitar a las Asociaciones Civiles y/o Comerciales vinculadas a las actividades de transporte náutico, de turismo y de explotación productiva de la zona. Quinta: Las partes se comprometen a afectar los recursos humanos y logísticos necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo En prueba de conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata, a los ocho días del mes de septiembre de 2004

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