Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De.)

El A.Pre.Vi.De comunica

La Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De.) dio a conocer esta semana, a través de una Nota de su Secretario Ejecutivo Lic. Gustavo Gómez enviada al Titular del Consejo Federal del Futbol Argentino, la implementación de una serie de medidas dirigidas a las Ligas de futbol de la provincia de Buenos Aires referente a la organización de los torneos autorizados por la Asociación del Futbol Argentino (A.F.A.).

En este sentido, la A.Pre.Vi.De., entiende que resulta sumamente complejo hacer lugar a las solicitudes de autorizar la presencia de público en dichos partidos, razón por la cual se ha decidido establecer una serie de lineamientos que deberán tenerse en cuenta para la realización de estos eventos deportivos.
En efecto, el Secretario Ejecutivo de la A.Pre.Vi.De., aclara que las directivas emanadas son exclusivamente establecidas para aplicar en los Torneos organizados para los equipos de futbol de la 1° categoría Masculina de los clubes que integran las Ligas afiliadas al Consejo Federal del Futbol Argentino y que dichas medidas se encuentran sujetas a posibles modificaciones de acuerdo con la evolución de la pandemia.

Los lineamientos por tenerse en cuenta serán los siguientes:

a) Se pondrán en práctica los protocolos de distanciamiento social para eventos en espacios abiertos utilizados y aprobados hasta ahora (incluyendo, por supuesto, el uso de barbijo para todas las personas que no ingresen al campo de juego).

b) Se habilitarán hasta dos puertas de ingreso al predio o estadio donde se juegue el partido.

c) Personal policial, asistido por el club organizador, controlará la identidad de los ingresantes con planillas previamente entregadas por los directivos de cada institución a esta agencia y a las autoridades policiales responsables del operativo de seguridad.

d) Las planillas mencionadas serán dos: una lista del "equipo de fútbol", que no deberá superar las 45 personas, incluidos jugadores y/o jugadoras titulares y suplentes, cuerpo técnico, personal médico, auxiliar y alcanza pelotas; y una lista de hasta 30 personas que fehacientemente acrediten ser socios, miembros activos del club y que no tengan ningún tipo de restricción de ingreso ni administrativa ni judicial.

e) Los partidos, por cuestiones de salud pública ajenas a la voluntad de ésta Agencia, se jugarán "sin público", lo que significa que en cada evento no podrán haber más de 75 personas por club (sumando socios, miembros activos, jugadores y/o jugadoras, cuerpo técnico, equipo médico y auxiliares, de acuerdo a lo indicado en el punto anterior).

f) Los clubes deberán informar a ésta Agencia, a través de las autoridades de la liga correspondiente, los protocolos a utilizar para el caso que se habiliten buffet o áreas de dispendio de comidas o bebidas. Queda Prohibida la venta de alcohol.

g) El club local informara a esta agencia la lista (con nombre, apellido y DNI) de las personas que trabajaran en la organización de cada evento. En todos los casos se solicita que el número de personas se reduzca al mínimo indispensable.

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