Dirección Provincial de Promoción de la Salud del Personal Policial

Acciones

1. Implementar acciones y/o programas, tendientes al mejoramiento de la salud física, psíquica y ambiental del personal y de su grupo familiar.
2. Coordinar y ejecutar, con las áreas competentes de la Policía de la provincia de Buenos Aires, las acciones destinadas al cuidado y protección de la salud física, psíquica y ambiental del personal policial y de su grupo familiar.
3. Promover las acciones necesarias que contribuyan al bienestar físico y psíquico del personal policial, generando para ello los convenios respectivos.
4. Disponer a partir de los estudios en materia de salud en general, políticas tendientes a mejorar la calidad de vida del personal policial.
5. Planificar la gestión sanitaria laboral, vinculada con la salud y la aptitud del personal asignado y/o a asignar en cada uno de los sub-escalafones policiales, asesorando en todo lo referente a la problemática médico laboral específica y efectuando los reconocimientos médicos del personal policial a fin de establecer su aptitud psicofísica y perfil psicológico.

DIRECCIÓN DE SANIDAD

1. Conducir e impartir directivas inherentes a la gestión sanitaria laboral vinculada con la salud y la aptitud del personal asignado y/o a asignar en cada uno de los subescalafones policiales.
2. Intervenir en las evaluaciones de los aspirantes a ingresar a las Policías de la Provincia, determinando las aptitudes físicas y perfil psicológico de los mismos.
3. Asesorar a las Policías de la provincia en todo lo referente a la problemática médico laboral específica.
4. Establecer las pautas y/o lineamientos necesarios para el cumplimiento de las funciones propias de los diferentes organismos dependientes.
5. Impulsar acciones tendientes a la convocatoria del personal policial para la realización de estudios psicofísicos.
6. Efectuar los reconocimientos médicos del personal policial, estableciendo su aptitud psicofísica, perfil psicológico y determinando sus incapacidades laborales.
7. Desarrollar herramientas de análisis, estadísticas y toda información que permita implementar políticas y estrategias de acción en el ámbito de los recursos humanos de la Cartera, con aplicación al régimen del personal policial.
8. Favorecer la producción de conocimientos de las diversas problemáticas de recursos humanos en salud.
9. Impulsar a través de sus dependencias centralizadas y descentralizadas actividades y/o programas médico preventivos.
10. Asesorar y dictaminar en las cuestiones médico-legales que provengan de las distintas áreas policiales y ministeriales, relacionadas con la aplicación del régimen legal del personal policial.
11. Planificar, coordinar e instrumentar el desarrollo de programas de formación y/o capacitación del personal policial en materia sanitaria.
12. Asesorar y participar en la elaboración de proyectos normativos relacionados con su ámbito de incumbencia.
13. Ejercer las acciones conducentes tendientes a asegurar el debido tratamiento y control de enfermedades inculpables, así como las inasistencias del personal motivadas en las mismas.
14. Promover y/o coordinar acciones con los organismos del área salud del Estado Nacional, Provincial y Municipal y/o Organizaciones no Gubernamentales, para la realización conjunta de actividades relacionadas con la salubridad laboral policial.

DIRECCIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE SALUD

1. Diseñar de acuerdo a los estudios previos, los planes y programas de salud para el personal policial, en coordinación con las áreas respectivas.
2. Promover convenios con organismos públicos o privados a fin de procurar el cumplimiento de las acciones.
3. Propiciar la realización de estudios de diagnóstico al personal policial que permitan la realización de planes de entrenamiento e instrucción acordes a las necesidades operativas.
4. Efectuar, en coordinación con la Dirección de Sanidad, el seguimiento y evaluación permanente del estado de salud psicofísico del personal policial.